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ASUNTO: PRECIO DE LICENCIAS, Y FORMA DE PAGO DE LICENCIAS PARA LA TEMPORADA 2024/2025
Iº.- PRECIO DE LICENCIAS DE ACUERDO CON LO APROBADO POR LA ASAMBLEA GENERAL DE LA FEDERACIÓN DE RUGBY DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS DEL 30/7/2023 LA CANTIDAD POR CADA UNA DE LAS LICENCIAS QUE SE TRAMITE EN LA TEMPORADA 2024/2025 SERÁ DE:
CONSULTAR EL ARCHIVO ADJUNTO
240730_Circular_Nº3_Precio_de_Licencias_y7405.pdf (193KB)Asunto: Expedición de licencias, categorías de jugadores y requisitos para jugadores extranjeros en la temporada 2024/2025
Iº.-TRAMITACIÓN MEDIANTE APLICACIÓN POR INTERNET
EL PROCEDIMIENTO DE TRAMITACIÓN DE TODAS LAS LICENCIAS DE LOS CLUBES SE REALIZA EN LAS FEDERACIONES AUTONÓMICAS A TRAVÉS DE INTERNET. LAS FEDERACIONES AUTONÓMICAS, EN SU ÁMBITO DE COMPETENCIA, ESTABLECERÁN LA NORMATIVA CORRESPONDIENTE QUE DEBERÁN SEGUIR SUS CLUBES AFILIADOS UTILIZANDO LA APLICACIÓN INFORMÁTICA ESTABLECIDA PARA TAL EFECTO A LA QUE TIENEN ACCESO MEDIANTE SU USUARIO Y CONTRASEÑA EXCLUSIVOS.
CADA REGISTRO DE FEDERADO DEBE TENER INCLUIDO LA FOTOGRAFÍA ACTUALIZADA DE LA PERSONA A LA QUE CORRESPONDE.
EL CLUB POR MEDIO DE SUS DELEGADOS DEBE TENER AUTORIZACIÓN DEL FEDERADO O SUS TUTORES LEGALES PARA EL TRATAMIENTO DE LOS DATOS NECESARIOS EN LOS TRAMITES DE INSCRIPCIÓN DE LA LICENCIA EN LA APLICACIÓN INFORMÁTICA MATCHREADY. TODO ELLO EN CUMPLIMIENTO DE LA LOPD.
LOS MENORES DE EDAD DEBERÁN DISPONER DE AUTORIZACIÓN DE SUS TUTORES.
ADEMÁS, PARA COMPETIR EN COMPETICIONES NACIONALES (DH Y DHB) EN CATEGORÍA SÉNIOR MASCULINA Y FEMENINA Y S23/B MASCULINA SERÁ NECESARIO:
REALIZAR LA AFILIACIÓN E INSCRIPCIÓN EN ISQUAD TAL COMO EXIGE LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE RUGBY, SIGUIENDO LOS PASOS Y NORMATIVAS QUE ÉSTA ESTABLEZCA.
UN RECONOCIMIENTO MÉDICO PRE-PARTICIPACIÓN OBLIGATORIO PARA TODOS LOS JUGADORES Y JUGADORAS PARTICIPANTES QUE INCLUYA: ANTECEDENTES PERSONALES MÉDICOS, HISTORIA CLÍNICA, EXPLORACIÓN FÍSICA, ELECTROCARDIOGRAMA DE REPOSO PARA TODOS LOS JUGADORES/AS Y ERGOMETRÍA CON MONITORIZACIÓN ELECTROCARDIOGRÁFICA PARA MAYORES DE 35 AÑOS.
SE RECOMIENDA, PARA EL PUESTO DE PRIMERA LÍNEA QUE SE REALIZARA, ADEMÁS, LA VALORACIÓN POSITIVA DEL CUELLO (CANAL CERVICAL) DE UN MÉDICO DEPORTIVO EN EL PRIMER AÑO EN DH Y QUE SE REPITIERA CADA 5 AÑOS.
PODRÁN DESCARGAR EL MODELO DE CERTIFICADO EN EL SIGUIENTE LINK: HTTP://WWW.RFERUGBY.ES/USERFILES/FILE/2019-20/CERTIFICADO%20DE%20APTITUD%20DEPORTIVA%20FEDERACI%C3%B3N%20ESPA%C3%B1OLA%20DE%20RUGBY.PDF
DICHO RECONOCIMIENTO MÉDICO DEBERÁ SER REMITIDO POR CORREO ELECTRÓNICO A LA SECRETARIA DE LA RFER ANTES DE QUE DICHO JUGADOR/A PUEDA SER ALINEADO/A EN ALGUNA DE LAS COMPETICIONES ANTERIORMENTE INDICADAS.
EL CERTIFICADO MÉDICO TENDRÁ UNA VALIDEZ DE 24 MESES A CONTAR DESDE LA FECHA DE SU EXPEDICIÓN.
EN EL MOMENTO DE FORMALIZAR LA INSCRIPCIÓN EN COMPETICIÓN OFICIAL, LOS CLUBES DEBERÁN HABER LIQUIDADO PREVIAMENTE LAS DEUDAS CON LA FEDERACIÓN, ESTANDO AL CORRIENTE DE TODOS LOS PAGOS PENDIENTES CORRESPONDIENTES A TEMPORADAS ANTERIORES.
NO SE AUTORIZARÁ LA DISPUTA DE NINGÚN PARTIDO AMISTOSO NI OFICIAL NI TENDRÁ VALIDEZ NINGUNA LICENCIA (Y POR TANTO NO SERÁ EFECTIVO EL SEGURO) DE UN CLUB CON DEUDAS. ESTO INCLUYE TANTO A LAS DEUDAS DE ANTERIORES TEMPORADAS COMO AQUELLAS GENERADAS DURANTE LA PRESENTE TEMPORADA QUE INCUMPLAN LOS PLAZOS RECOGIDOS EN LA CIRCULAR Nº3. IGUALMENTE NO SE TRAMITARÁ NINGUNA LICENCIA, CERTIFICADO Y NO SE ATENDERÁ A CUALQUIER OTRA DEMANDA AL CLUB QUE NO ESTÉ AL CORRIENTE DE TODOS LOS PAGOS DE LAS TEMPORADAS ANTERIORES.
EN CIRCUNSTANCIAS EXTRAORDINARIAS Y JUSTIFICADAS SE PODRÁ ADMITIR UN PLAN DE PAGOS CON AVAL BANCARIO SIEMPRE QUE CUENTE CON EL VISTO BUENO DE LA FEDERACIÓN. INICIADA LA TEMPORADA SI SE INCUMPLEN LOS PLAZOS DE PAGO, CUALQUIER LICENCIA A TRAMITAR DEBERÁ SER ABONADA POR ADELANTADO.
IIº.-TIPOS DE LICENCIAS, REGISTRO E INSCRIPCIÓN DE FICHERO EN LA AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS.
LA FEDERACIÓN AUTONÓMICA EXPEDIRÁ DIFERENTES TIPOS DE LICENCIAS: ENTRE OTRAS DE JUGADOR, ÁRBITRO, ENTRENADOR, DIRECTIVO Y PERSONAL DE PRIMEROS AUXILIOS Y DEPORTE ADAPTADO CON LAS SIGUIENTES CATEGORÍAS:
PARA JUGADORES/AS:
SÉNIOR NACIDOS EN 2004 Y AÑOS ANTERIORES.
SUB 23 NACIDOS EN 2002, 2003 Y 2004.
SUB 20 (JUVENIL) NACIDOS EN 2005 Y 2006.
SUB 18 (CADETE) NACIDOS EN 2007 Y 2008.
SUB 16 (INFANTIL) NACIDOS EN 2009 Y 2010.
SUB 14 (ALEVÍN) NACIDOS EN 2011 Y 2012.
SUB 12 (BENJAMÍN) NACIDOS EN 2013 Y 2014.
SUB 10 (PREBENJAMÍN) NACIDOS EN 2015 Y 2016.
SUB 8 (JABATOS) NACIDOS EN 2017 Y 2018.
SUB 6 (LINCES) NACIDOS EN 2019 Y POSTERIORES
1 DÍA PARA MENORES DE 16 AÑOS Y MAYORES DE 16 AÑOS
2 MESES TODAS LAS CATEGORÍAS
VETERANOS/AS NACIDOS EN 1989 Y AÑOS ANTERIORES.
PARA ÁRBITROS:
ÁRBITRO ASPIRANTE PARA LA TEMPORADA QUE SE HACE EL CURSO DE INICIACIÓN
ÁRBITRO SUB18 NACIDOS EN 2007 Y POSTERIORES
ÁRBITRO N1
ÁRBITRO N2
ÁRBITRO N3
EVALUADOR
TODO ELLO DE ACUERDO CON LO QUE ESTABLECE EL REGLAMENTO GENERAL DE LA RFER EN LOS ARTÍCULOS 176 A 179.
PARA ENTRENADORES:
MONITOR
ENTRENADOR BASE
ENTRENADOR SUB18 <= 18 AÑOS
ENTRENADOR N1
ENTRENADOR N2
ENTRENADOR N3
TODO ELLO DE ACUERDO CON LO QUE ESTABLECE EL REGLAMENTO GENERAL DE LA RFER EN LOS ARTÍCULOS 162 Y 163.
PARA DIRECTIVOS:
DIRECTIVOS DE CLUB (DELEGADOS DE CAMPO Y DE CLUB)
DIRECTIVO DE FEDERACIÓN
PARA PERSONAL DE PRIMEROS AUXILIOS:
MÉDICOS
MÉDICO BASE (CURSOS WR DE MANEJO DE LA CONMOCIÓN CEREBRAL, PROTOCOLOS MÉDICOS, PRIMEROS AUXILIOS EN EL RUGBY Y ATENCIÓN INMEDIATA EN EL RUGBY)
MÉDICO NIVEL I WR
MÉDICO NIVEL II WR
FISIOTERAPEUTAS
FISIOTERAPEUTA BASE (CURSOS WR DE MANEJO DE LA CONMOCIÓN CEREBRAL, PROTOCOLOS MÉDICOS, PRIMEROS AUXILIOS EN EL RUGBY Y ATENCIÓN INMEDIATA EN EL RUGBY)
FISIOTERAPEUTA NIVEL I WR
ENFERMEROS
ENFERMEROS/AS BASE (CURSOS WR DE MANEJO DE LA CONMOCIÓN CEREBRAL, PROTOCOLOS MÉDICOS, PRIMEROS
AUXILIOS EN EL RUGBY Y ATENCIÓN INMEDIATA EN EL RUGBY)
ENFERMEROS/AS NIVEL I WR
PARA PREPARADORES/AS FÍSICOS/AS
EN LOS DOS CASOS ANTERIORES, TODO ELLO DE ACUERDO CON LO QUE ESTABLECE EL REGLAMENTO GENERAL DE LA FER EN SU ARTÍCULO 10 Y EL 192 BIS Y, LAS CIRCULARES ESPECÍFICAS DE CADA COMPETICIÓN EN EL CASO DEL PERSONAL DE PRIMEROS AUXILIOS ESTAS PERSONAS VENDRÁN HABILITADAS EN LA PLATAFORMA DE COMPETICIONES DE LA RFER Y APARECERÁN CONSIGNADAS EN EL ACTA DEL PARTIDO CUANDO PARTICIPEN EN EL MISMO.
LAS CATEGORÍAS DE LAS LICENCIAS DE JUGADORES/AS QUEDAN DETERMINADAS POR LAS RESPECTIVAS EDADES, QUE HAN SIDO ESTABLECIDAS POR LA ASAMBLEA GENERAL. LAS DE LOS ÁRBITROS Y ENTRENADORES/AS SERÁN REVISADAS Y CONFIRMADAS POR LOS COMITÉS DE ÁRBITROS Y ENTRENADORES, DE ACUERDO CON SUS CLASIFICACIONES CORRESPONDIENTES. LAS DE LOS MÉDICOS Y FISIOTERAPEUTAS, CON EL FIN DE FACILITAR SU INCLUSIÓN EN LAS ACTAS, SERÁN REVISADAS Y CONFIRMADAS POR LA COMISIÓN MÉDICA NACIONAL DE LA RFER
240730_Circular_Nº2_Expedicion_de_Licenci4847.pdf (309KB)
Consulte en los diferentes apartados de la parte superior de esta sección, las normativas de las diferentes competiciones nacionales y regionales.
En el apartado de categorías inferiores, puede consultar las normativas de los Juegos Deportivos del Principado de Asturias.
En el apartado Otras Competicones puede consultar la normativa de habilitación de jugadores para jugar en categoría superior.